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FUNDACIONES Y ASOCIACIONES
Por medio de una Fundación privada las personas pueden afectar, sin ánimo de lucro, a los bienes que tengan por conveniente a la consecución de una finalidad de interés general.
Del mismo modo, a través de una Asociación varias personas pueden unirse libremente para conseguir una finalidad común de interés general o particular, comprometiéndose a poner en común sus conocimientos, recursos económicos o esfuerzos, con carácter temporal o indefinido, y siempre sin ánimo de lucro.
El despacho interviene en la constitución de Fundaciones y Asociaciones, así como en la posterior gestión jurídica de las mismas.

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