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PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Intervención del abogado en los nuevos procesos de provisión de apoyos a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, tanto en el marco del nuevo expediente de jurisdicción voluntaria como del nuevo proceso contencioso de provisión de soportes, previstos en la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal

respeto, y de acuerdo con el Decreto ley 19/2021, de 31 de agosto, por el que se adapta el Código civil de Cataluña a la reforma del procedimiento de modificación judicial de la capacidad.

El Despacho interviene en estos procesos con el fin de proteger la esfera personal y patrimonial de la persona con discapacidad, ya sea por estar afectada por la enfermedad de Alzheimer o como consecuencia de otras enfermedades que le dificultan o impiden su autogobierno , y siempre respetando en la medida de lo posible y hasta donde las capacidades le permitan su voluntad, de conformidad con la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, aprobada en Nueva York el 13 de diciembre de 2006 por el 39;Asamblea General de Naciones Unidas.

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